LA JUSTICIA RECHAZÓ EL PEDIDO DE QUINTELA Y VALIDÓ SOLO LA LISTA DE CRISTINA FERNÁNDEZ EN LAS INTERNAS DEL PJ

Date:

Share post:

- Publicidad -

La jueza federal con competencia electoral, María Servini, falló en contra del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela y la lista de Cristina Kirchner es la única válida para competir en las elecciones del Partido Justicialista (PJ) este 17 de noviembre. El partido opositor está acéfalo desde que el expresidente Alberto Fernández renunció al liderazgo en agosto.

Quintela judicializó la interna, luego de que el PJ impugnara su lista por irregularidades en los avales de “Federales, un grito de corazón”, la lista que presentó para competir por la presidencia del PJ Nacional.

Los apoderados de la lista del riojano habían presentado un escrito ante la jueza Servini, en donde le pidieron que se revoque la impugnación que resolvió el partido. Argumentaron que la decisión es “manifiestamente violatoria de las disposiciones de la Cámara Nacional Electoral”. Sin embargo, la letrada decidió que la Junta del PJ tenía razón y dio de baja la lista de Quintela. La de Cristina es la única válida para competir, por lo que ya no hay interna.

- Publicidad -

Según el argumento de Servini, falta completar la documentación de las personas que firmaron para avalar la presentación de la lista de Quintela. O, incluso, documentación y firmas ilegibles. “Lo concreto es que la Junta Electoral contabilizó un total de 60.755 avales y respecto de los mismos, fueron observados, por un lado, un total de 6.809 (faltan fotocopias de DNI, planillas fotocopiadas o sin firmas de los avalistas”, dice el fallo firmado por la jueza.

La Justicia detalló que también hubo un total de 5.195 documentaciones con “falencias de otro tipo, tales como copia de Documentos de Identidad, que resultaban ser ilegibles o firmas en las planillas ostensiblemente disímiles”. Servini agregó que los apoderados de la lista del gobernador riojano “no acompañaron elementos probatorios que permitan realizar un análisis distinto al que fuera llevado a cabo por la Junta Electoral”.

“Los agravios deben estar respaldados de elementos probatorios”, dice el fallo, a los fines de que pueda emitirse un «pronunciamiento que permita revocar lo decidido por el órgano partidario. Desde el entorno de Quintela habían anticipado que, de ser negativo el fallo de la Justicia (como ocurrió), apelarían a la Corte Suprema de Justicia.

- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Mas noticias

EL INDEC DIFUNDIÓ LOS VALORES DE LAS CANASTAS BÁSICAS DE JUNIO: UNA FAMILIA TIPO REQUIRIÓ MÁS DE 1,5 MILLONES DE PESOS PARA EVITAR LA...

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) publicó este lunes los nuevos valores correspondientes a las canastas...

A 16 AÑOS DE LA SANCIÓN DE LA LEY DE MATRIMONIO IGUALITARIO: BALANCES, ESTADÍSTICAS Y CAMBIOS SOCIALES EN LA ARGENTINA

La República Argentina conmemora este miércoles 15 de julio de 2026 el 16.º aniversario de la sanción de...

EL HISTÓRICO ÁLBUM «ALTA FIDELIDAD» DE MERCEDES SOSA Y CHARLY GARCÍA SE EDITA POR PRIMERA VEZ EN FORMATO VINILO

En un acontecimiento de gran relevancia para el patrimonio de la música popular argentina, la compañía discográfica Universal...

MERCADO LIBRE CONSTRUYE UN NUEVO CENTRO LOGÍSTICO EN GUALEGUAYCHÚ: PROYECTAN LA CREACIÓN DE HASTA 120 PUESTOS DE TRABAJO

La empresa de comercio electrónico Mercado Libre avanza en la ejecución de las obras civiles para la puesta...
error: Content is protected !!