La República Argentina conmemora este miércoles 15 de julio de 2026 el 16.º aniversario de la sanción de la Ley N.º 26.618 de Matrimonio Igualitario. La histórica normativa, aprobada durante la madrugada del 15 de julio de 2010 tras un extenso y trascendental debate legislativo, posicionó al país como el pionero en América Latina y el décimo a nivel mundial en reconocer el derecho a la unión civil y conyugal de personas del mismo sexo bajo el principio de igualdad jurídica.
Impulsada por un activo colectivo de organizaciones de la diversidad y con autoría legislativa de las entonces diputadas Vilma Ibarra y Silvia Augsburger, la reforma civil consolidó el reclamo histórico de equiparar derechos bajo una misma premisa de ciudadanía.
El histórico debate y la votación parlamentaria
La aprobación de la norma fue el resultado de una prolongada construcción de consensos políticos y una intensa movilización social que acompañó el tratamiento parlamentario en las inmediaciones del Congreso de la Nación:
- Votación en el Senado: Tras recibir la media sanción de la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores de la Nación aprobó el proyecto con 33 votos a favor, 27 en contra y 3 abstenciones, luego de más de 15 horas de debate ininterrumpido.
- Modificación del Código Civil: La ley sustituyó los términos de género («hombre» y «mujer») por expresiones neutras («contrayentes» y «cónyuges») en el ordenamiento civil, garantizando que el acceso al matrimonio no estuviera condicionado por la orientación sexual o la identidad de género de las personas.
Transformación del marco jurídico y nuevos derechos
La Ley de Matrimonio Igualitario no se limitó a formalizar el acto de la unión civil, sino que produjo un reordenamiento de la legislación familiar en el país, equiparando de manera absoluta los derechos y obligaciones con respecto a las parejas heterosexuales:
- Seguridad Social y Salud: Acceso directo a la cobertura de la obra social del cónyuge y derecho a la pensión por fallecimiento.
- Patrimonio y Vivienda: Habilitación de los derechos de herencia y la posibilidad de proteger la vivienda familiar bajo el régimen de bien de familia.
- Adopción y Filiación: Reconocimiento de la adopción conjunta y el derecho a registrar a los hijos de manera co-paternal o co-maternal con plenos derechos filiatorios.
«El balance a 16 años de la ley demuestra una consolidación del derecho civil, habiéndose registrado más de 20.000 uniones matrimoniales en todo el territorio argentino bajo esta norma». — Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT).
Registros estadísticos a nivel subnacional
Debido a que cada jurisdicción de la República Argentina administra sus propios registros civiles de manera autónoma, no existe una base de datos unificada del Estado nacional. Sin embargo, las estadísticas de los principales distritos del país reflejan el impacto de la norma:
- Provincia de Buenos Aires: Registra la mayor cantidad de uniones del país, con cerca de 9.800 matrimonios igualitarios celebrados desde agosto de 2010, mes en el que se realizó la primera boda bajo esta ley en la localidad de Pilar.
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Acumula un total estimado de 8.000 actas de matrimonio registradas formalmente en sus dependencias comunales.



